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	<title>Legislación Archives - Cl&iacute;nica Veterinaria El Qui&ntilde;on</title>
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	<description>Pasi&#243;n por nuestros pacientes</description>
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		<title>Microchip, vacuna rabia y desparasitación</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Raquel San Segundo De Lucas]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 17 May 2016 17:15:51 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>
		<category><![CDATA[Enfermedades]]></category>
		<category><![CDATA[Enfermedades infecciosas]]></category>
		<category><![CDATA[Legislación]]></category>
		<category><![CDATA[Parásitos internos]]></category>
		<category><![CDATA[Prevención]]></category>
		<category><![CDATA[Programa Zoosanitario Básico]]></category>
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		<category><![CDATA[vacunación]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>En este post recordamos brevemente, en qué consiste el <strong>“Programa Zoosanitario Básico para Perros, Gatos y Hurones”.</strong></p>
<ul>
<li>Es obligatorio desde el día 11 de junio de 2014 en la Comunidad de Castilla-La Mancha.</li>
<li><strong>La vacunación antirrábica es obligatoria</strong> a partir de las 12 semanas de vida.</li>
<li>La vacunación antirrábica es <strong>obligatoria anualmente.</strong></li>
<li>La <strong>identificación</strong> electrónica individual debe realizarse <strong>antes de la primera vacunación antirrábica.</strong></li>
<li>La primera vacunación de rabia, consistirá en dos dosis de vacuna separadas, como máximo, un mes.</li>
<li>La primovacunación y la primera revacunación anual, se efectuarán con vacuna monovalente.</li>
</ul>
<p>La entrada <a href="https://cvelquinon.es/microchip-vacuna-rabia-desparasitacion/">Microchip, vacuna rabia y desparasitación</a> se publicó primero en <a href="https://cvelquinon.es">Cl&iacute;nica Veterinaria El Qui&ntilde;on</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>En este post recordamos brevemente, en qué consiste el <strong>“Programa Zoosanitario Básico para Perros, Gatos y Hurones”.</strong></p>
<ul>
<li>Es obligatorio desde el día 11 de junio de 2014 en la Comunidad de Castilla-La Mancha.</li>
<li><strong>La vacunación antirrábica es obligatoria</strong> a partir de las 12 semanas de vida.</li>
<li>La vacunación antirrábica es <strong>obligatoria anualmente.</strong></li>
<li>La <strong>identificación</strong> electrónica individual debe realizarse <strong>antes de la primera vacunación antirrábica.</strong></li>
<li>La primera vacunación de rabia, consistirá en dos dosis de vacuna separadas, como máximo, un mes.</li>
<li>La primovacunación y la primera revacunación anual, se efectuarán con vacuna monovalente.</li>
</ul>
<hr />
<p><em>Pincha en la imagen para ampliar.</em></p>
<p><a href="https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2016/05/la-rabia.png" target="_blank"><img fetchpriority="high" decoding="async" class="aligncenter wp-image-1851" src="https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2016/05/la-rabia.png" alt="La Rabia" width="616" height="871" srcset="https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2016/05/la-rabia.png 1192w, https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2016/05/la-rabia-212x300.png 212w, https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2016/05/la-rabia-768x1086.png 768w, https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2016/05/la-rabia-724x1024.png 724w" sizes="(max-width: 616px) 100vw, 616px" /></a></p>
<hr />
<p>Además de lo anterior, <strong>para los perros, es obligatorio:</strong></p>
<ul>
<li>La desparasitación anual contra la hidatidosis.</li>
<li>Para perros de ámbito rural o de especial riesgo, se realizará mensualmente.</li>
</ul>
<hr />
<p><em>Pincha en la imagen para ampliar.</em></p>
<p><a href="https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2016/05/hidatidosis.png" target="_blank"><img decoding="async" class="aligncenter wp-image-1854" src="https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2016/05/hidatidosis.png" alt="Hidatidosis" width="616" height="871" srcset="https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2016/05/hidatidosis.png 1192w, https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2016/05/hidatidosis-212x300.png 212w, https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2016/05/hidatidosis-768x1086.png 768w, https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2016/05/hidatidosis-724x1024.png 724w" sizes="(max-width: 616px) 100vw, 616px" /></a></p>
<hr />
<p>Todos los <strong>tratamientos</strong> descritos anteriormente, deberán <strong>reflejarse en el pasaporte</strong> del animal, con los sellos oficiales. Además, el <strong>veterinario colegiado</strong> tramitará la documentación oficial relativa a la vacunación antirrábica, desparasitación e identificación en la <strong>base de datos SIIA-CLM.</strong></p>
<p>¿Seguimos hablando en <a href="https://es-es.facebook.com/ClinicaVeterinariaElQuinon" target="_blank">Facebook</a>?</p>
<p><a href="https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2016/05/Orden-02-06-2014-Programa-zoosanitario-basico.pdf" class="mtli_attachment mtli_pdf">Orden de 02/06/2014</a>, de la Consejería de Agricultura, por la que se establece el Programa Zoosanitario Básico de Cánidos, Félidos y Hurones en Castilla-La Mancha. [2014/7459]</p>
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		<title>¿Qué tengo que hacer si mi perro el potencialmente peligroso?</title>
		<link>https://cvelquinon.es/que-tengo-que-hacer-si-mi-perro-el-potencialmente-peligroso/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Raquel San Segundo De Lucas]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 Nov 2015 19:56:30 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>
		<category><![CDATA[Legislación]]></category>
		<category><![CDATA[leciencia]]></category>
		<category><![CDATA[legislación]]></category>
		<category><![CDATA[microchip]]></category>
		<category><![CDATA[ordenanzas]]></category>
		<category><![CDATA[perros peligrosos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La decisión sobre cuál es la raza o tipo de perro con el que vas a pasar bastantes años de tu vida, debes incluir obtener la máxima información posible de las <strong>ordenanzas de tu Comunidad Autónoma</strong> y del Ayuntamiento del municipio en el que residas. Esto, te evitará sorpresas, gastos adicionales y posibles inconvenientes futuros.</p>
<p>En el caso de que tu perro esté dentro de la lista de los <strong>potencialmente peligrosos,</strong> seguramente tendrás que solicitar, una <strong>licencia administrativa,</strong> que te otorgarán en tu Ayuntamiento, siempre que cumplas los requisitos establecidos. Debes recordar que la Ley 50/1999 determina los requisitos mínimos y las Comunidades Autónomas y las Corporaciones locales pueden dictar normativas específicas.</p>
<p>Recuerda que existen ordenanzas para la tenencia, control y protección de animales domésticos que son de obligado cumplimiento también para los animales potencialmente peligrosos. Es por ello, que previo a la obtención de la licencia administrativa, tienes que acudir al veterinario para ponerle el <strong>microchip,</strong> lo cual incluirá su inscripción en el <strong>Registro de Identificación de Animales de Compañía</strong> en la Comunidad donde residas.. Es muy probable que en tu municipio exista un <strong>censo municipal,</strong> en cuyo caso debes inscribirle, además de darle de alta en el <strong>Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos.</strong></p>
<p>La entrada <a href="https://cvelquinon.es/que-tengo-que-hacer-si-mi-perro-el-potencialmente-peligroso/">¿Qué tengo que hacer si mi perro el potencialmente peligroso?</a> se publicó primero en <a href="https://cvelquinon.es">Cl&iacute;nica Veterinaria El Qui&ntilde;on</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La decisión sobre cuál es la raza o tipo de perro con el que vas a pasar bastantes años de tu vida, debes incluir obtener la máxima información posible de las <strong>ordenanzas de tu Comunidad Autónoma</strong> y del <strong>Ayuntamiento del municipio</strong> en el que residas. Esto, te evitará sorpresas, gastos adicionales y posibles inconvenientes futuros.</p>
<p>En el caso de que tu perro esté dentro de la lista de los <strong>potencialmente peligrosos,</strong> seguramente tendrás que solicitar, una <strong>licencia administrativa,</strong> que te otorgarán en tu Ayuntamiento, siempre que cumplas los requisitos establecidos. Debes recordar que la Ley 50/1999 determina los requisitos mínimos y las Comunidades Autónomas y las Corporaciones locales pueden dictar normativas específicas.</p>
<p>Recuerda que existen ordenanzas para la tenencia, control y protección de animales domésticos que son de obligado cumplimiento también para los animales potencialmente peligrosos. Es por ello, que previo a la obtención de la licencia administrativa, tienes que acudir al veterinario para ponerle el <strong>microchip,</strong> lo cual incluirá su inscripción en el <strong>Registro de Identificación de Animales de Compañía</strong> en la Comunidad donde residas. Es muy probable que en tu municipio exista un <strong>censo municipal,</strong> en cuyo caso debes inscribirle, además de darle de alta en el <strong>Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos.</strong></p>
<p>En líneas generales, los datos que tendrás que aportar tanto para el Registro de Animales de Compañía de tu Comunidad, como para el censo municipal, en un plazo que varía desde uno a tres meses del nacimiento de tu animal, serán:</p>
<ul>
<li>Especie animal.</li>
<li>Raza.</li>
<li>Sexo.</li>
<li>Edad.</li>
<li>Código de identificación.</li>
<li>Número de certificado de sanidad animal.</li>
<li>Utilización.</li>
<li>Características morfológicas.</li>
<li>Domicilio de tenencia habitual.</li>
<li>Datos identificativos del propietario.</li>
<li>Datos sobre seguro de responsabilidad civil suscrito.</li>
<li>Referencia a la inclusión o no de dicho animal en la categoría de animal potencialmente peligroso.</li>
</ul>
<p><strong>El propietario es responsable de la veracidad y actualización de estos datos.</strong></p>
<p>La tenencia de animales potencialmente peligrosos, puede estar condicionada a ciertos aspectos que te conviene verificar con tu Ayuntamiento. Para la obtención de la licencia municipal de animales potencialmente peligrosos, que deberás formalizar dentro del plazo de uno a tres meses del nacimiento de tu animal, van a pedirte que aportes los siguientes documentos, si bien pueden variar dependiendo de cada municipio:</p>
<ul>
<li>Certificado de empadronamiento.</li>
<li>Fotocopia de D.N.I. o documento legalmente reconocido, acreditativo de mayoría de edad.</li>
<li>Certificado negativo de antecedentes penales.</li>
<li>Certificado de aptitud psicológica, en el que se especifique que el propietario está capacitado psicológicamente para la tenencia de dicho animal de forma que éste hecho no suponga riesgo social alguno.</li>
<li>Certificado de capacidad física.</li>
<li>Certificado oficial veterinario.</li>
<li>Acreditación de haber suscrito un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros que puedas ser causados por sus animales, por una cuantía mínima de 120.000 Euros.</li>
</ul>
<p>La licencia administrativa tiene una validez de cinco años, transcurridos los cuales, el propietario debe renovarla, aportando nuevamente la documentación necesaria.</p>
<p>La protección de los animales domésticos y en especial de aquellos que conviven con el hombre, ha sido siempre una preocupación latente en la sociedad. El cumplimiento de las distintas leyes y ordenanzas favorecerán la convivencia y nos ayudará a disfrutar de la compañía de nuestras mascotas.</p>
<p><strong>Ficheros disponibles:</strong></p>
<p><a href="https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2015/11/Ordenanza-animales.pdf" class="mtli_attachment mtli_pdf" target="_blank">Ordenanza Reguladora de la tenencia, control y protección de animales domésticos (Seseña &#8211; Toledo)</a></p>
<p><a href="https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2015/11/Ordenanza-municipal-parques-y-jardines.pdf" class="mtli_attachment mtli_pdf" target="_blank">Ordenanza municipal de mantenimiento de parques y jardines y preservación de la limpieza de la ciudad (Seseña &#8211; Toledo)</a></p>
<p><a href="https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2015/10/Real-Decreto-287-2002.pdf" class="mtli_attachment mtli_pdf" target="_blank">Real Decreto 287/2002</a></p>
<p><a href="https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2015/10/Real-Decreto-1570-2007-Modificacion-Real-Decreto-287-2002.pdf" class="mtli_attachment mtli_pdf" target="_blank">Real Decreto 1570/2007 – Modificación Real Decreto 287/2002</a></p>
<p><a href="https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2015/10/Ley-50-1999.pdf" class="mtli_attachment mtli_pdf" target="_blank">Ley 50/1999</a></p>
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		<title>Animales Potencialmente Peligrosos</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Raquel San Segundo De Lucas]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 20 Oct 2015 19:37:51 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>
		<category><![CDATA[Legislación]]></category>
		<category><![CDATA[Ley]]></category>
		<category><![CDATA[decreto]]></category>
		<category><![CDATA[normativa]]></category>
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		<category><![CDATA[perros potencialmente peligrosos]]></category>
		<category><![CDATA[responsabilidades]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Este post tiene como fin ayudar a los propietarios de perros, a conocer y comprender las responsabilidades que se adquieren al incorporar un perro a la familia, en particular, si se trata de perros potencialmente peligrosos.</p>
<p>Existe una Normativa de carácter Estatal, recogida en:</p>
<ul>
<li><a href="https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2015/10/Ley-50-1999.pdf" target="_blank">Ley 50/1999</a></li>
<li><a href="https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2015/10/Real-Decreto-287-2002.pdf" target="_blank">Real Decreto 287/2002</a></li>
<li><a href="https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2015/10/Real-Decreto-1570-2007-Modificacion-Real-Decreto-287-2002.pdf" target="_blank">Real Decreto 1570/2007</a></li>
</ul>
<p>Las Comunidades Autónomas y/o los Municipios, en función de sus propias particularidades y necesidades, pueden dictar Reales Decretos y <a href="https://www.facebook.com/policiadesesena/photos/a.1737165349840606.1073741829.1737154893174985/1743503899206751/?type=3&#38;fref=nf" target="_blank">Ordenanzas específicas</a>. Es responsabilidad de cada propietario acudir a su Ayuntamiento para informarse de la normativa del municipio en el que esté empadronado.</p>
<p>La entrada <a href="https://cvelquinon.es/animales-potencialmente-peligrosos/">Animales Potencialmente Peligrosos</a> se publicó primero en <a href="https://cvelquinon.es">Cl&iacute;nica Veterinaria El Qui&ntilde;on</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Este post tiene como fin ayudar a los propietarios de perros, a conocer y comprender las responsabilidades que se adquieren al incorporar un perro a la familia, en particular, si se trata de perros potencialmente peligrosos.</p>
<p>Existe una Normativa de carácter Estatal, recogida en:</p>
<ul>
<li><a href="https://cvelquinon.es/animales-potencialmente-peligrosos-normativa-estatal" target="_blank">Ley 50/1999</a></li>
<li><a href="https://cvelquinon.es/quieres-saber-si-tu-perro-es-potencialmente-peligroso" target="_blank">Real Decreto 287/2002</a></li>
<li><a href="https://cvelquinon.es/quieres-saber-si-tu-perro-es-potencialmente-peligroso" target="_blank">Real Decreto 1570/2007</a></li>
</ul>
<p>Las Comunidades Autónomas y/o los Municipios, en función de sus propias particularidades y necesidades, pueden dictar Reales Decretos y <a href="https://www.facebook.com/policiadesesena/photos/a.1737165349840606.1073741829.1737154893174985/1743503899206751/?type=3&amp;fref=nf" target="_blank">Ordenanzas específicas</a>. Es responsabilidad de cada propietario acudir a su Ayuntamiento para informarse de la normativa del municipio en el que esté empadronado.</p>
<p>La entrada <a href="https://cvelquinon.es/animales-potencialmente-peligrosos/">Animales Potencialmente Peligrosos</a> se publicó primero en <a href="https://cvelquinon.es">Cl&iacute;nica Veterinaria El Qui&ntilde;on</a>.</p>
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		<title>Animales Potencialmente Peligrosos – Normativa Estatal</title>
		<link>https://cvelquinon.es/animales-potencialmente-peligrosos-normativa-estatal/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Raquel San Segundo De Lucas]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 20 Oct 2015 19:34:06 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>
		<category><![CDATA[Legislación]]></category>
		<category><![CDATA[Ley]]></category>
		<category><![CDATA[artículado]]></category>
		<category><![CDATA[normativa estatal]]></category>
		<category><![CDATA[perros potencialmente peligrosos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p><strong>Ley 50/1999, de 23 de Diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.</strong></p>
<p>A diferencia de la mayor parte de países europeos, en España apenas existen normas sobre animales potencialmente peligrosos, no obstante darse unas circunstancias análogas a las de aquellos países que han adoptado medidas específicas en la materia.</p>
<p>Por ello, con el fin de garantizar adecuadamente la seguridad pública, atribuida al Estado en virtud de lo dispuesto en el artículo 149.1.29ª de la Constitución, sin perjuicio de las competencias, que, de acuerdo con sus Estatutos, tengan atribuidas las Comunidades Autónomas, en materia de protección de personas y bienes y manteniendo el orden público, se hace preciso regular las condiciones para la tenencia de animales que puedan manifestar cierta agresividad hacia las personas por una modificación de su conducta a causa del adiestramiento recibido y a las condiciones ambientales y de manejo a que son sometidos por parte de sus propietarios y criadores.</p>
<p>La entrada <a href="https://cvelquinon.es/animales-potencialmente-peligrosos-normativa-estatal/">Animales Potencialmente Peligrosos – Normativa Estatal</a> se publicó primero en <a href="https://cvelquinon.es">Cl&iacute;nica Veterinaria El Qui&ntilde;on</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Ley 50/1999, de 23 de Diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.</strong></p>
<p>A diferencia de la mayor parte de países europeos, en España apenas existen normas sobre animales potencialmente peligrosos, no obstante darse unas circunstancias análogas a las de aquellos países que han adoptado medidas específicas en la materia.</p>
<p>Por ello, con el fin de garantizar adecuadamente la seguridad pública, atribuida al Estado en virtud de lo dispuesto en el artículo 149.1.29ª de la Constitución, sin perjuicio de las competencias, que, de acuerdo con sus Estatutos, tengan atribuidas las Comunidades Autónomas, en materia de protección de personas y bienes y manteniendo el orden público, se hace preciso regular las condiciones para la tenencia de animales que puedan manifestar cierta agresividad hacia las personas por una modificación de su conducta a causa del adiestramiento recibido y a las condiciones ambientales y de manejo a que son sometidos por parte de sus propietarios y criadores.</p>
<p>De este modo, la presente Ley aborda la tenencia de animales potencialmente peligrosos, materia objeto de normas municipales fundamentalmente, cuya regulación a nivel estatal se considera conveniente debido a que la proliferación de la posesión de animales salvajes en cautividad, en domicilios o recintos privados, constituye un potencial peligro para la seguridad de personas, bienes y otros animales.</p>
<p>Por otra parte, diversos ataques a personas, protagonizados por perros, han generado un clima de inquietud social y obligan a establecer una regulación que permita controlar y delimitar el régimen de tenencia de perros potencialmente peligrosos.</p>
<p>Se considera que la peligrosidad canina depende tanto de factores ambientales como de factores genéticos, de la selección que se haga de ciertos individuos, independientemente de la raza o del mestizaje, y también de que sean específicamente seleccionados y adiestrados para el ataque, la pelea y para inferir daños a terceros. Así, perros de razas que de forma subjetiva se podrían catalogar como «peligrosos» son perfectamente aptos para la pacífica convivencia entre las personas y los demás animales, incluidos sus congéneres, siempre que se les hayan inculcado adecuadas pautas de comportamiento y que la selección practicada en su crianza haya tenido por objeto la minimización de su comportamiento agresivo.</p>
<p>Partiendo de esta premisa, el concepto de perro potencialmente peligroso expresado en la presente Ley no se refiere a los que pertenecen a una raza determinada, sino a los ejemplares caninos incluidos dentro de una tipología racial concreta y que por sus características morfológicas, su agresividad y su acometida, son empleados para el ataque o la pelea, así como los animales nacidos de cruces interraciales entre cualquiera de éstos y con cualquiera de otros perros. En todo caso, y no estando estos perros inscritos en ningún libro genealógico reconocido por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, ya que no son de raza pura sino procedentes del mestizaje indiscriminado, las características en profundidad de todos ellos serán concretadas de forma reglamentaria para que puedan ser reputados como potencialmente peligrosos.</p>
<p>Por todo ello, con el fin de minimizar los riesgos de futuras molestias y ataques a seres humanos, y a otros congéneres u otras especies animales que en algunos casos han conllevado su muerte, se hace necesario regular el régimen de tenencia de los animales considerados potencialmente peligrosos, y limitar, asimismo, las prácticas inapropiadas de adiestramiento para la pelea, o el ataque y otras actividades dirigidas al fomento de su agresividad.</p>
<p><a href="https://cvelquinon.es/quieres-saber-si-tu-perro-es-potencialmente-peligroso">¿Quieres saber si tu perro es potencialmente peligroso?</a></p>
<p><a href="https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2015/10/Articulado-de-la-Ley-50-1999-completo.pdf" class="mtli_attachment mtli_pdf" target="_blank">Articulado de la Ley 50/1999 completo</a></p>
<p>La entrada <a href="https://cvelquinon.es/animales-potencialmente-peligrosos-normativa-estatal/">Animales Potencialmente Peligrosos – Normativa Estatal</a> se publicó primero en <a href="https://cvelquinon.es">Cl&iacute;nica Veterinaria El Qui&ntilde;on</a>.</p>
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		<title>¿Quieres saber si tu perro es potencialmente peligroso?</title>
		<link>https://cvelquinon.es/quieres-saber-si-tu-perro-es-potencialmente-peligroso/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Raquel San Segundo De Lucas]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 20 Oct 2015 19:25:13 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>
		<category><![CDATA[Legislación]]></category>
		<category><![CDATA[Akita Inu]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El Real Decreto 287/2002 de 22 de marzo, tiene por objeto desarrollar la Ley 50/1999, de animales potencialmente peligrosos. Son animales potencialmente peligrosos:</p>
<ul>
<li>La fauna salvaje.</li>
<li>Los animales domésticos o de compañía que tengan capacidad para causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y/o daños a las cosas.</li>
</ul>
<p>A los efectos previstos en el artículo 2.2 de la Ley 50/1999, tendrán la consideración de <strong>perros potencialmente peligrosos:</strong></p>
<p><strong>1.</strong> Los que pertenezcan a las <a href="https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2015/10/anexo-1.pdf" target="_blank">razas relacionadas en el anexo I</a> del presente Real Decreto y a <strong>sus cruces:</strong></p>
<p>La entrada <a href="https://cvelquinon.es/quieres-saber-si-tu-perro-es-potencialmente-peligroso/">¿Quieres saber si tu perro es potencialmente peligroso?</a> se publicó primero en <a href="https://cvelquinon.es">Cl&iacute;nica Veterinaria El Qui&ntilde;on</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2015/10/El-Real-Decreto-287-2002-de-22-de-marzo.pdf" class="mtli_attachment mtli_pdf" target="_blank">El Real Decreto 287/2002 de 22 de marzo</a>, tiene por objeto desarrollar la Ley 50/1999, de animales potencialmente peligrosos. Son animales potencialmente peligrosos:</p>
<ul>
<li>La fauna salvaje.</li>
<li>Los animales domésticos o de compañía que tengan capacidad para causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y/o daños a las cosas.</li>
</ul>
<p>A los efectos previstos en el artículo 2.2 de la Ley 50/1999, tendrán la consideración de <strong>perros potencialmente peligrosos:</strong></p>
<p><strong>1.</strong> Los que pertenezcan a las <a href="https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2015/10/anexo-1.pdf" class="mtli_attachment mtli_pdf" target="_blank">razas relacionadas en el anexo I</a> del presente Real Decreto y a <strong>sus cruces:</strong></p>
<ul>
<li>Pit Bull Terrier</li>
<li>Staffordshire Bull Terrier</li>
<li>American Staffodshire Terrier</li>
<li>Rottweiler</li>
<li>Dogo Argentino</li>
<li>Fila Brasileiro</li>
<li>Tosa Inu</li>
<li>Akita Inu</li>
</ul>
<p><strong>2.</strong> Aquellos cuyas características se correspondan con todas o la mayoría de las que figuran en el <a href="https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2015/10/anexo2.pdf" class="mtli_attachment mtli_pdf" target="_blank">anexo II</a>, salvo que se trate de perros-guía o de perros de asistencia acreditados y adiestrados en centros oficialmente reconocidos, conforme a la legislación autonómica o, en su caso, estatal, así como aquellos perros que se encuentren en fase de instrucción para adquirir esa condición.</p>
<p>Los perros afectados por la presente disposición tienen todas o la mayoría de las características siguientes:</p>
<p>a) Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.<br /> b) Marcado carácter y gran valor.<br /> c) Pelo corto.<br /> d) Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg.<br /> e) Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.<br /> f) Cuello ancho, musculoso y corto.<br /> g) Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.<br /> h) Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.</p>
<p><strong>3.</strong> En todo caso, aunque no se encuentren incluidos en el apartado anterior, <strong>serán considerados perros potencialmente peligrosos</strong> aquellos animales de la especie canina que manifiesten un <strong>carácter marcadamente agresivo</strong> o que hayan <strong>protagonizado agresiones a personas o a otros animales.</strong></p>
<p><strong>4.</strong> En los supuestos contemplados en el apartado anterior, <strong>la potencial peligrosidad</strong> habrá de ser apreciada por la <strong>autoridad competente</strong> atendiendo a <strong>criterios objetivos,</strong> bien de oficio o bien tras haber sido objeto de una notificación o una denuncia, <strong>previo informe de un veterinario, oficial o colegiado,</strong> designado o habilitado por la autoridad competente autonómica o municipal.</p>
<p>Ahora que ya sabes si tu perro es considerado potencialmente peligroso, ¿sabes que debes hacer?</p>
<p>Te lo contamos en el siguiente post!!!!</p>
<p>Ficheros disponibles:</p>
<ul>
<li><a href="https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2015/10/Real-Decreto-287-2002.pdf" class="mtli_attachment mtli_pdf" target="_blank">Real Decreto 287/2002</a></li>
<li><a href="https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2015/10/Real-Decreto-1570-2007-Modificacion-Real-Decreto-287-2002.pdf" class="mtli_attachment mtli_pdf" target="_blank">Real Decreto 1570/2007 – Modificación Real Decreto 287/2002</a></li>
<li><a href="https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2015/10/Ley-50-1999.pdf" class="mtli_attachment mtli_pdf" target="_blank">Ley 50/1999</a></li>
</ul>
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		<item>
		<title>¿Conoces la Normativa para viajar en coche  con tu mascota?</title>
		<link>https://cvelquinon.es/conoces-la-normativa-para-viajar-en-coche-con-tu-mascota/</link>
					<comments>https://cvelquinon.es/conoces-la-normativa-para-viajar-en-coche-con-tu-mascota/#respond</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[Raquel San Segundo De Lucas]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 12 Jul 2015 15:31:57 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>
		<category><![CDATA[Legislación]]></category>
		<category><![CDATA[Ocio]]></category>
		<category><![CDATA[Viajar]]></category>
		<category><![CDATA[arneses]]></category>
		<category><![CDATA[mascotas]]></category>
		<category><![CDATA[normativa]]></category>
		<category><![CDATA[seguridad]]></category>
		<category><![CDATA[trasnportines]]></category>
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		<category><![CDATA[viajar]]></category>
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					<description><![CDATA[<p><img class="aligncenter wp-image-1739 size-full" title="Viajar: Normativa sobre retenciones para mascotas" src="https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2015/07/viajar-verano-2015.jpg" alt="Viajar: Normativa sobre retenciones para mascotas" width="616" height="200" /></p>
<p>En posts anteriores, hemos hablado de los <a href="https://cvelquinon.es/se-marea-tu-mascota-en-los-viajes">mareos y cómo prevenirlos</a>, así como de la importancia de <a href="https://cvelquinon.es/semana-santa-vacaciones-la-vista">preparar el viaje</a> para que sea lo más cómodo para ti y tu mascota.</p>
<p>En este caso, queremos presentaros los <strong>sistemas de retención</strong> que pueden utilizarse para que el <strong>transporte en vehículo</strong> de vuestra mascota sea <strong>más seguro</strong> y acorde a la normativa.</p>
<p>Es importante entender que llevar a la mascota en un vehículo, sin protección o sistema de retención <strong>adaptado a cada animal,</strong> aumenta el riesgo de lesiones, tanto para los ocupantes del vehículo como para el propio animal, a la vez que incrementa la distracción del conductor aumentando el riesgo de sufrir un accidente.</p>
<p>Igualmente importante es el <strong>control de mascotas</strong> fuera de vehículos, ya que en los últimos tiempos, el número de perros atropellados tanto en zonas urbanas como en carreteras han aumentado considerablemente.</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><img decoding="async" class="aligncenter wp-image-1739 size-full" title="Viajar: Normativa sobre retenciones para mascotas" src="https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2015/07/viajar-verano-2015.jpg" alt="Viajar: Normativa sobre retenciones para mascotas" width="616" height="200" srcset="https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2015/07/viajar-verano-2015.jpg 616w, https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2015/07/viajar-verano-2015-300x97.jpg 300w" sizes="(max-width: 616px) 100vw, 616px" /></p>
<p>En posts anteriores, hemos hablado de los <a href="https://cvelquinon.es/se-marea-tu-mascota-en-los-viajes">mareos y cómo prevenirlos</a>, así como de la importancia de <a href="https://cvelquinon.es/semana-santa-vacaciones-la-vista">preparar el viaje</a> para que sea lo más cómodo para ti y tu mascota.</p>
<p>En este caso, queremos presentaros los <strong>sistemas de retención</strong> que pueden utilizarse para que el <strong>transporte en vehículo</strong> de vuestra mascota sea <strong>más seguro</strong> y acorde a la normativa.</p>
<p>Es importante entender que llevar a la mascota en un vehículo, sin protección o sistema de retención <strong>adaptado a cada animal,</strong> aumenta el riesgo de lesiones, tanto para los ocupantes del vehículo como para el propio animal, a la vez que incrementa la distracción del conductor aumentando el riesgo de sufrir un accidente.</p>
<p>Igualmente importante es el <strong>control de mascotas</strong> fuera de vehículos, ya que en los últimos tiempos, el número de perros atropellados tanto en zonas urbanas como en carreteras han aumentado considerablemente.</p>
<p>Según un informe de RACE sobre animales de compañía y seguridad vial, el <strong>51%</strong> de los conductores españoles ha sufrido una <strong>situación de riesgo</strong> por culpa <strong>de un animal.</strong> El <strong>54%</strong> de los dueños de mascotas, no conoce <strong>la legislación</strong> que les <strong>obliga a asumir los daños provocados por su mascota</strong> y el <strong>70%</strong> de los conductores propietarios de animales de compañía desconocen la <strong>norma</strong> que regula el <strong>transporte de sus mascotas.</strong></p>
<p>El reglamento de circulación indica lo siguiente:</p>
<p><em>“Se deberá conducir con la <strong>diligencia y precaución necesarias</strong> para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de los usuarios de la vía. Queda terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario” (artículo 3.1)</em></p>
<p><em>“El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos” (artículo 18.1)</em></p>
<p>Si bien la Ley exige a los conductores que dispongan/coloquen todos los objetos/mascotas que transportan en sus vehículos, de forma que no interfieran en la libertad de movimientos del conductor, no especifica cómo asegurar que la mascota vaya bien sujeta. Sin embargo, si llevas un animal suelto sin control alguno, o encima de tu regazo, puede ser considerado conducción negligente y por tanto, objeto de multa.</p>
<p><strong>¿Cuál es el sistema de retención más seguro?</strong></p>
<p>Teniendo en cuenta el estudio de RACE sobre la eficacia de los sistemas de sujeción, mediante ensayos, simulando colisiones frontales a 50 km/h, por tu seguridad, la de los ocupantes del vehículo y la de la propia mascota, debes elegir entre los que han demostrado su eficacia en los ensayos de choque y están homologados mediante normas europeas.</p>
<p>Un factor decisivo a tener en cuenta, es el tamaño y peso de la mascota.</p>
<p><strong>Los arneses</strong> están recomendados para trayectos cortos. Sujetan a las mascotas mediante el cinturón de seguridad adaptado. Deben ser de doble anclaje y debes tener en cuenta la longitud del cinturón de seguridad, el cual debe tener el menor recorrido posible, con el fin de evitar desplazamientos. No se recomienda utilizar correajes que se enganchen al collar del perro, ya que no retienen al animal de forma adecuada y supone un riesgo para los pasajeros y el propio animal.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter wp-image-1740 size-full" title="Viajar: Normativa sobre retenciones para mascotas" src="https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2015/07/viajar-verano-2015-2.jpg" alt="Viajar: Normativa sobre retenciones para mascotas" width="616" height="200" srcset="https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2015/07/viajar-verano-2015-2.jpg 616w, https://cvelquinon.es/wp-content/uploads/2015/07/viajar-verano-2015-2-300x97.jpg 300w" sizes="auto, (max-width: 616px) 100vw, 616px" /></p>
<p><strong>El trasportín,</strong> es uno de los métodos más seguros. En caso de perros de gran tamaño, debes colocarlo en el maletero, lo más cerca posible del respaldo y en posición transversal respecto a la dirección de la marcha. Es importante en cualquier caso que asegures una buena ventilación y una correcta entrada de aire a esa zona del vehículo.</p>
<p>Para <strong>perros de razas pequeñas y gatos,</strong> puede colocarse en el suelo, justo detrás de los asientos delanteros. Nunca debes colocar el trasportín sobre el asiento, aunque lo sujetes con el cinturón de seguridad ya que en caso de accidente, la caja podría romperse y la mascota saldría despedida.</p>
<p>Si dispones de un vehículo familiar o con portón trasero, puedes instalar una <strong>rejilla divisoria,</strong> habilitando así el maletero para el transporte de tu mascota. Es importante que la rejilla vaya montada de techo a suelo del vehículo y que cumpla la norma DIN 75410-2. Sin embargo, en caso de accidente, la mascota puede sufrir lesiones graves, por lo que se aconseja <strong>combinar el trasportín con la rejilla divisoria.</strong></p>
<p><strong>Recuerda:</strong> es <strong>tu responsabilidad como propietario, controlar</strong> a tu mascota durante los <strong>paseos,</strong> en las <strong>paradas de descanso</strong> durante los viajes y cuando viaje en un vehículo como un pasajero más. Todo ello está destinado a garantizar no sólo la seguridad del animal, sino también la de las personas. <a href="https://www.facebook.com/ClinicaVeterinariaElQuinon" target="_blank">¿Seguimos hablando en facebook?</a></p>
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			</item>
		<item>
		<title>Vacunación contra la rabia e identificación obligatorios</title>
		<link>https://cvelquinon.es/vacunacion-contra-la-rabia-e-identificacion-obligatorios/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Raquel San Segundo De Lucas]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 12 Jun 2014 23:11:02 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>
		<category><![CDATA[Legislación]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Leishmania]]></category>
		<category><![CDATA[desparasitación]]></category>
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					<description><![CDATA[<p><strong>La vacunación anual contra la rabia, identificación de perros gatos y hurones obligatorios en Castilla-La Mancha.</strong></p>
<p>El pasado día 10 El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publicó la <a href="http://www.convetcaman.org/detallenoticias.asp?id=5648">Orden 02/06/2014 de la Consejería de Agricultura por la que se establece el <strong>"Programa Zoosanitario Básico de cánidos, félidos y hurones"</strong></a> en la comunidad de Castilla-La Mancha, la cual <strong>deroga la Orden de 21/06/2012,</strong> de la Consejería de Agricultura, por la que se dictan las normas obligatorias para la vacunación antirrábica y la desparasitación equinocócica de los cánidos domésticos de Castilla-LaMancha, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta Orden. [...]</p>
<p>La entrada <a href="https://cvelquinon.es/vacunacion-contra-la-rabia-e-identificacion-obligatorios/">Vacunación contra la rabia e identificación obligatorios</a> se publicó primero en <a href="https://cvelquinon.es">Cl&iacute;nica Veterinaria El Qui&ntilde;on</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>La vacunación anual contra la rabia, identificación de perros gatos y hurones obligatorios en Castilla-La Mancha.</strong></p>
<p>El pasado día 10 El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publicó la Orden 02/06/2014 de la Consejería de Agricultura por la que se establece el <strong>«Programa Zoosanitario Básico de cánidos, félidos y hurones»</strong> en la comunidad de Castilla-La Mancha, la cual <strong>deroga la Orden de 21/06/2012,</strong> de la Consejería de Agricultura, por la que se dictan las normas obligatorias para la vacunación antirrábica y la desparasitación equinocócica de los cánidos domésticos de Castilla-LaMancha, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta Orden.</p>
<hr />
<p>Para facilitar la comprensión, resumimos los principales cambios que supone la entrada en vigor de dicha orden:</p>
<ul>
<li>Obligatoriedad <strong>de identificación electrónica y registro de perros, gatos y hurones</strong> antes de la vacunación antirrábica.</li>
</ul>
<ul>
<li>Obligatoriedad <strong>de vacunar anualmente contra la rabia a todos los cánidos, félidos y hurones mayores de tres meses de edad.</strong> El animal debe tener al menos 12 semanas de vida.</li>
</ul>
<ul>
<li>Aparece el concepto de <strong>«primovacunación» y «revacunación» de cachorros con vacunas monovalentes.</strong> Por tanto, en la «primovacunación», además de su protocolo habitual de vacunación, el cachorro recibirá dos dosis de vacuna antirrábica con una separación máxima de un mes entre ambas.</li>
</ul>
<ul>
<li>La <strong>revacunación</strong> se considerará <strong>primovacunación</strong> si han transcurrido <strong>más de dos años</strong> desde la última vacunación, debiendo administrarse dos dosis de vacuna monovalente.</li>
</ul>
<ul>
<li>Se establece la <strong>desparasitación obligatoria</strong> contra el quiste hidatídico, al menos <strong>una vez al año,</strong> aconsejándose la <strong>desparasitación mensual</strong> en base a la <strong>exposición al contagio</strong> de los animales y a juicio del veterinario, con productos de mayor espectro que cubran otros vermes aparte de Equinococcus. La desparasitación se hará bajo <strong>prescripción y supervisión del veterinario.</strong></li>
</ul>
<ul>
<li>Prevención frente a la <a title="leishmaniosis" href="https://cvelquinon.es/leishmania"><strong>leishmaniosis</strong>:</a></li>
</ul>
<ol>
<li>Los perros <strong>con síntomas</strong> evidentes de <strong>leishmania o positivos a test rápido,</strong> deberán someterse a una <strong>prueba</strong> de detección de anticuerpos en un <strong>laboratorio oficial,</strong> previo a la prescripción y aplicación de un tratamiento frente a la leishmania.</li>
<li>El veterinario debe <strong>comunicar a la autoridad competente</strong> los casos de perros <strong>portadores de leishmania canina.</strong></li>
<li>Será <strong>obligatorio</strong> el uso de <strong>antiparasitarios externos</strong> durante los meses de primavera y otoño, según protocolo y frecuencia establecidos por el fabricante y bajo el <strong>control y vigilancia del veterinario</strong> exclusivamente.</li>
</ol>
<p>Las acciones anteriores deberán ser anotadas en el pasaporte individual del animal y registradas electrónicamente en la base de datos SIIACLM.</p>
<hr />
<p>La imposición de esta nueva normativa tiene como base la obligatoriedad de aumentar la frecuencia de la vacunación contra la rabia, que se fija en anual, con el objetivo de lograr un mayor nivel de protección e inmunidad de las especies susceptibles a la rabia, además de extenderla, aparte de a los cánidos, también a los félidos y a los hurones. Esta vacunación tiene su sentido si tenemos en cuenta los movimientos migratorios atravesando la península ibérica desde el Norte de África, donde existe la enfermedad, hacia el resto de Europa.</p>
<p>La actuación periódica contra la hidatidosis tiene su justificación en la prevención y control de la parasitación del hombre a partir de las infecciones latentes en perros provocadas por el cestodo <em>Echinococcus granulosus,</em> debido a su carácter zoonosico que afecta a numerosos países mediterráneos, Australia, Nueva Zelanda, Sudáfrica y América del Sur. En base a ello, se ha considerado conveniente establecer, con carácter obligatorio y por el interés general, el tratamiento preventivo de los perros frente a este parásito.</p>
<p>Y, finalmente la leishmaniasis constituye un grave problema de <strong>salud pública</strong> debido a la gran importancia que representa a nivel socio-cultural y económico. Se ha diseñado un Plan de Acción centrado en estrategias de control del mosquito vector (flebótomo) dirigidas a romper la transmisión, identificar el reservorio principal (perro) y determinar la distribución y frecuencia de la infección, así como los factores que favorecen la transmisión en cada lugar con el fin de definir las actividades de control adaptadas a cada situación.</p>
<p>En nuestras clínicas veterinarias, estamos a tu disposición para aclarar cuantas dudas puedas tener respecto de esta Orden.</p>
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